Si un trabajador labora por días y tiene múltiples empleadores, ¿cómo se lleva a cabo las cotizaciones a seguridad social?

En Colombia si un trabajador cuenta con más de un empleador, cada uno se encuentra en la obligación de realizar las respectivas cotizaciones al sistema de seguridad social. El trabajador debe ser afiliado a la misma entidad a la que fue afiliado con el primer empleador, pues de esta manera todos cotizan a la misma EPS y al mismo fondo de pensiones, ya que no puede existir una multiafiliación.

Según el decreto 2616 de 2023, los empleadores pueden cotizar en seguridad social a sus trabajadores que laboren por días, semanas o por tiempos inferiores a 30 días, su objetivo es regular la cotización a la seguridad social para quienes prestan sus servicios bajo la modalidad de múltiples empleadores.

 “… Artículo 12. Multiplicidad de empleadores. Cuando un trabajador tenga simultáneamente más de un contrato de trabajo, cada empleador deberá efectuar de manera independiente las cotizaciones correspondientes a los diferentes Sistemas señalados en el presente decreto, en los términos del régimen aplicable a cada uno de ellos…”

 ¿En qué casos podría aplicar?

La multiplicidad de empleador aplica cuando hay varios contratos de trabajo, cuando hay un contrato de trabajo y uno de servicios, o cuando se tienen varios contratos de servicios.

¿Qué aspectos importantes hay que considerar?

·         Las cotizaciones realizadas por cada empleado son independientes, no se suman ni se compensan entre ellas.

·         Cada empleador es responsable de realizar las cotizaciones. Correspondientes a los días laborados por el trabajador en su empresa.

·         El trabajador debe estar afiliado al sistema de seguridad social en Colombia.

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