Pensión de Invalidez – retroactivo – fecha de estructuración

CARLOS JULIO CASTRO SANTANA

El cliente nos contrató para realizar el trámite de calificación de invalidez con el objetivo de que le fuera reconocida su pensión por una enfermedad pulmonar obstructiva , después de realizar el proceso de calificación se solicitó la pensión ante colpensiones entidad que la negó por no contar con los requisitos que establecía la ley , la fecha de estructuración establecida por las juntas de calificación fue el año 1999 por lo que se presentó demanda en agosto de 2017, que le correspondió al juzgado 03 laboral del circuito, el juzgado emita fallo en mayo de 2018 negando las pretensiones , esta sentencia fue apelada por el apoderado asignado por Impera por lo que se obtuvo sentencia del tribunal superior del distrito judicial de Bogotá sala laboral en febrero del 2019, esta sentencia revocó la de primera instancia es decir que ordenó al pago reconocimiento de la pensión de invalidez desde la fecha de la estructuración esto fue 1999 , después de haber presentado la solicitud de cumplimiento de sentencia judicial y la acción de tutela correspondiente col pensiones mediante resolución de septiembre 2019 reconoce la pensión de invalidez con la retroactividad a nuestro cliente .

Más Testimonios

Envíanos un Mensaje

Abrir chat
¿Necesitas ayuda?
Hola
¿En qué podemos ayudarte?