A raíz de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia, se presentaron diferentes cambios respecto a la prestación de servicio a empleadores por lo cual es importante que conozcas la garantía de desconectarte y descansar de tu jornada laboral.
Desde antes de la crisis de COVID 19 que inicio en 2020, existe una modalidad que ya estaba reglamentada bajo la ley 1221 de 2008 y el decreto 884 del 2012: El teletrabajo, definida como “una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación – TIC para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo”.
Pese a esta normativa existente, fue necesario que el Gobierno Nacional junto con el Ministerio de Trabajo, implementaran diferentes medidas preventivas con el fin de poder salvaguardar la salud de todos los ciudadanos y reactivar la economía del país, lo que conllevó a la implementación del trabajo en casa regulado por la ley 2088 de 2021, que es definido como “La habilitación al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral, o legal y reglamentaria respectiva, ni tampoco desmejorar las condiciones del contrato laboral, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.”
En este sentido, tanto para empleadores como trabajadores, en las modalidades laborales mencionadas anteriormente, prevalecerán los medios tecnológicos para la información y comunicación, entre ellos, con el fin de mantener una continua interacción para la coordinación de las actividades laborales que de manera armónica puedan llevar a su culminación todos los objetivos planteados, sin que por ninguna manera se afecte la empresa.
Sin embargo, se ha presenciado en un creciente número de casos que las actividades laborales van más allá de la jornada laboral pactada, pues los mismos medios tecnológicos por ser inmediatos se prestan para que se reciban requerimientos fuera del horario establecido, desapareciendo como tal una hora de culminación de actividades y afectando así el descanso del trabajador, desconociendo así los empleadores que si bien se reguló el trabajo en casa, la misma norma conllevaba los criterios aplicables para esta modalidad, en la cual se indicó que la desconexión laboral es una garantía y derecho que tiene todo trabajador para el goce de su tiempo de descanso.
Por lo anterior y en aras de garantizar los derechos laborales adquiridos por los trabajadores, se reguló esta desconexión laboral mediante la ley 2191 de 2022; Esta no solo va encaminada a la modalidad de trabajo en casa, sino a las diferentes modalidades de contratación establecidas normativamente, con el fin de que los trabajadores que estén por fuera del horario laboral, del tiempo de vacaciones, licencias, permisos, o cualquier tiempo que tuviere para su descanso personal o familiar, puedan disfrutar estos espacios de manera plena, existiendo excepciones para los trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo, quienes deban tener una disponibilidad permanente por sus funciones (siempre y cuando se evidencia que no hay otra alternativa para la realización de la labor).
Por consiguiente, el empleador debe tener de presente que, si fuera del horario laboral remite algún tipo de requerimientos o alguna orden de manera persistente y que sea demostrable para el trabajador ante un inspector de trabajo o un Juez de la República, se constituirá en una conducta de acoso laboral, conforme lo regula la ley 1010 de 2006 y el empleador se atendrá a lo dispuesto en los términos de esta norma, por su falta de cumplimiento de la desconexión laboral.
Para finalizar, es preciso indicarte que la ley 2191 de 2022, estableció que toda persona ya sea natural o jurídica, están llamadas a que dispongan políticas en su reglamento interno sobre la desconexión laboral, disponiendo un trámite interno por el cual se regule el uso de las tecnologías de la información y comunicación, a su vez debe implementar un procedimiento especifico con el fin de que los trabajadores que se vean inmersos en una vulneración en su descanso, como se ha mencionado anteriormente, puedan presentar quejas y se dé el trámite respectivo en que se fundamente en un debido proceso y den una solución y se tomen las medidas para corregir dicha conducta, protegiendo el derecho del trabajador a un debido descanso.
Ten en cuenta los siguientes puntos claves:
- El trabajo en casa es una habilitación transitoria para que el trabajador desempeñe sus funciones en casa, privilegiando el uso de tecnologías de la información y comunicaciones.
- La ley 2191 de 2022 regula la desconexión laboral para garantizar los derechos laborales de los trabajadores, incluyendo el tiempo de descanso fuera de las horas de trabajo.
- Existen excepciones para los trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo que deben tener una disponibilidad permanente.