LA REFORMA A LA SALUD: ¿CÓMO ES EL NUEVO METODO DE ATENCIÓN AL PACIENTE? 

No se debe desconocer que el sistema de salud en Colombia, con la creación de la ley 100 de 1993, amplió la cobertura de atención médica a la población colombiana, permitiendo en principio un mejor acceso a los servicios de salud. 

Este sistema a la fecha es financiado por los aportes de los cotizantes, empresas y el mismo Estado, siendo algunos de estos recursos manejados y administrados por las Entidades Promotoras de Salud (EPS), sin embargo, con el pasar del tiempo, ha presentado dificultades para la prestación del servicio a sus afiliados. El mal manejo y la desviación de los recursos ha llevado a que muchas EPS estén en proceso de liquidación o ya hayan desaparecido, por lo cual el Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Salud, radicó la reforma de la salud el 13 de febrero del presente año. 

Queremos ilustrarte sobre uno de los grandes cambios que trae consigo: La prestación de salud.  

El servicio que busca prestarse a través de los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud (CAPIRS), están enfocados en prestar asistencia básica de salud, servicios de apoyo diagnóstico, programas de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y el fortalecimiento de la participación social en las distintas áreas geográficas del territorio, así como la referencia de pacientes a centros de mediana o alta complejidad. Estos CAPIRS buscan que se brinde una atención oportuna y de solución inmediata, es decir, este será el contacto primario de la población con el sistema de salud. 

Una vez el ciudadano es atendido en este centro de atención primario por su médico tratante, sí este requiere ser remitido ya sea por orden de atención por especialista, o por hospitalización o algún tratamiento de mayor complejidad, a las ahora llamadas redes integradas e integrales de servicio de salud (RIISS), que son las instituciones públicas, privadas o mixtas con el fin de que sea atendido en el menor tiempo posible y se culmine su tratamiento médico. 

Este procedimiento se realizará mediante el sistema de referencia y contrarreferencia entre las instituciones, buscando así entonces que los pacientes no se frustren en trámites administrativos, sino que sean las entidades quienes realicen todo el trámite respectivo.  

Por lo anterior y frente a las EPS, se debilita esta figura entendiendo que ya no tendrán a su cargo afiliaciones, condicionándolas a que si cumplen con los lineamientos normativos podrán administrar los centros de atención primario, los sistemas de referencia y contrarreferencia de los ciudadanos que estén en sus centros de atención primario y realizar auditorías que requiera el sistema de salud.   

Sin duda alguna, la reforma a la salud trae muchas inquietudes sobre la nueva forma de prestación del servicio, de la transparencia del manejo de los dineros y demás puntos que con el tiempo iremos analizando.  

En impera Abogados, te indicamos los puntos claves de la reforma de la salud con respecto a Atención al paciente: 

  • La creación de 2.500 Centros de atención primaria.  
  • Los recursos públicos sean manejados por el ADRES, por lo cual será esta entidad quien pague a las clínicas y hospitales.  
  • Dignificación laboral del personal médico. 
  • Creación de fondos regionales de salud.  
  • Acceso a la salud de manera integral sin que una barrera económica sea excusa para negar el servicio.  

Tienes dudas acerca de la reforma de la salud o inconvenientes con la prestación de tu servicio de salud, estamos en disposición de resolver sus inquietudes ¡Contáctanos aquí

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